Sevilla Habla ha obtenido la acreditación del Instituto Cervantes, lo que significa que cumple con las condiciones establecidas por el Sistema de Acreditación de Centros Instituto Cervantes, la única acreditación en el ámbito internacional centrada exclusivamente en la enseñanza de español como lengua extranjera.

Sevilla Habla es una escuela acreditada por el Instituto Cervantes, con lo cual está reconocida y autorizada en todos los consulados del mundo y Oficina de Extranjería. Registrándote en nuestros cursos obtendrás la Carta de Admisión/Invitación para poder solicitar tu Visado de Estudios o renovación de NIE/TIE.

  • ¿Necesitas solicitar un visado de estudios para venir a estudiar a nuestra escuela?

  • ¿Has venido como turista y necesitas realizar el cambio a visado de estudios?

  • ¿Necesitas extender tu visado en Sevilla?

  • ¿Necesitas solicitar el NIE/TIE?

Sevilla Habla es tu escuela.

Te ayudaremos y te proporcionaremos toda la asistencia e información necesarias.

En Sevilla Habla recibimos, además de muchos alumnos de Europa (Alemania, Francia, Italia, Países Bajos, Suiza, Austria, etc) que generalmente no necesitan visado, otros muchos estudiantes que necesitan solicitar visado de estudios.

Principalmente recibimos estudiantes con visado de Estados Unidos, Reino Unido, China, Japón, Corea del Sur, Brasil, Marruecos, Australia, Canadá y Turquía. También, en menor proporción, recibimos estudiantes con visado de Egipto, Argelia, Filipinas, etc.


Una vez registrado, nosotros te enviaremos la Carta de Invitación para solicitar tu visado de estudios.
Tendrás nuestra Carta en tan solo 24 horas, después de realizar el registro.
Y realizarás todo el proceso de solicitud de visado con la seguridad y fiabilidad de una escuela acreditada por el Instituto Cervantes.

Para más información, envíanos un email a info@sevillahabla.com

Condiciones para estudiantes que solicitan un visado de estudios

Los estudiantes que deseen solicitar un visado de estudios deberán matricularse en un programa presencial que cumpla los requisitos establecidos por las autoridades españolas competentes en materia de extranjería y educación.

Los cursos destinados a la obtención de un visado de estudios deberán tener una carga lectiva mínima de 20 horas semanales de enseñanza presencial.

La duración de la estancia autorizada vendrá determinada por la duración del curso contratado y reflejada en la documentación de matrícula emitida por la escuela.

La carta de aceptación emitida por Sevilla Habla indicará claramente:

  • Fecha de inicio y finalización del curso.
  • Número total de semanas.
  • Número de horas semanales.
  • Importe pagado

Para la emisión de la carta de aceptación necesaria para la solicitud del visado, el estudiante deberá haber abonado el importe completo correspondiente según las condiciones de contratación vigentes.

La asistencia a las clases es obligatoria.
La escuela mantiene un registro de asistencia de todos los estudiantes matriculados.

Para los estudiantes que cursen programas vinculados a un visado:

Se exige una asistencia del 100 % de las clases programadas. Sin embargo, podrán admitirse ausencias justificadas hasta un máximo del 20 % del total de horas lectivas.

Igualmente, los estudiantes tienen derecho a un 20% de vacaciones, con respecto a la duración total del curso.

La escuela dispone de procedimientos de seguimiento y control del absentismo de acuerdo con los criterios de calidad exigidos a los centros acreditados por el Instituto Cervantes.

El estudiante deberá participar activamente en el curso y realizar las actividades académicas establecidas por el profesorado.

La escuela podrá valorar el progreso lingüístico mediante pruebas, tareas, actividades o evaluaciones internas.

Al finalizar el curso, Sevilla Habla emitirá el certificado correspondiente cuando se cumplan los requisitos académicos y de asistencia establecidos.

Los certificados indicarán, al menos:

  • Nombre del estudiante.
  • Fechas del curso.
  • Número total de horas lectivas.
  • Nivel o subnivel realizado.
  • Tipo de certificado emitido (asistencia o aprovechamiento).
  • Calificación obtenida, cuando proceda.

Para obtener un Certificado de Aprovechamiento será necesario:

  • Cumplir los requisitos mínimos de asistencia establecidos.
  • Participar satisfactoriamente en las actividades académicas del curso.
  • Alcanzar los objetivos de aprendizaje definidos para el nivel correspondiente.

La concesión o denegación del visado corresponde exclusivamente a los consulados, embajadas y autoridades de extranjería competentes.
Los requisitos de visado pueden variar según la nacionalidad del solicitante y la normativa vigente en cada momento.
Se recomienda consultar siempre la información oficial facilitada por el consulado o embajada de España correspondiente antes de iniciar el procedimiento.

Condiciones generales

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